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miércoles, 15 de julio de 2015

Punto por punto: Las claves del acuerdo nuclear alcanzado entre Irán y el Sexteto

El documento del acuerdo alcanzado entre la República Islámica y el Sexteto (Reino Unido, China, Francia, Rusia, EE.UU. y Alemania) abarca en detalle las medidas que se aplicarán en materia nuclear y respecto a las sanciones, así como una serie de asuntos.


Tras unas largas negociaciones en Viena, los mediadores internacionales del Grupo 5+1 (Reino Unido, China, Francia, Rusia, EE.UU. y Alemania) e Irán han alcanzado un acuerdo final sobre el programa nuclear de la República Islámica. El documento final, acompañado por cinco anexos, establece punto por punto las medidas que tendrá que adoptar Irán en materia nuclear, así como el régimen de las sanciones internacionales. Asimismo, se detalla un plan de implementación de dicho acuerdo y un mecanismo de resolución de disputas.

De acuerdo con las provisiones generales expuestas en el Plan de Acción Integral Conjunto, su "implementación completa asegurará la naturaleza exclusivamente pacífica del programa nuclear de Irán". Por su parte, Irán reafirma que "bajo ninguna circunstancia" intentará desarrollar o adquirir armas nucleares.


Ámbito nuclear

  1. - El plan de Irán a largo plazo incluye ciertas limitaciones acordadas de todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento de uranio en los primeros ocho años
  2. .- Irán comenzará a eliminar progresivamente sus centrífugas IR-1 en diez años. Durante este período, el país mantendrá su capacidad de enriquecimiento en Natanz en hasta 5060 centrífugas IR-1.
  3. - Irán continuará realizando la investigación y el desarrollo del enriquecimiento de una manera que no acumule el uranio enriquecido.
  4. - Basándose en su plan a largo plazo de 15 años, Irán llevará a cabo todas sus actividades relacionadas con el enriquecimiento de uranio en la instalación de Natanz y mantendrá el nivel de enriquecimiento en hasta 3,67 por ciento.
  5. - La instalación de Fordow se convertirá en un centro nuclear, físico y tecnológico. Las centrífugas 1044 IR-1 en seis cascadas permanecerán en un ala de dicha instalación, dos de las cuales funcionarán sin uranio y se utilizarán para la producción de isotopos estables, mientas que otras cuatro estarán detenidas.
  6. - Durante un período de 15 años, el volumen de las reservas de uranio de Irán no podrá superar los 300 kilos de hexafluoruro de uranio enriquecido hasta 3,67 por ciento.
  7. - Irán va a rediseñar y reconstruir un reactor de investigación de agua pesada modernizado en Arak en forma de asociación internacional. El reactor se utilizará para la investigación nuclear pacífica y la producción de radioisótopos para fines médicos e industriales. El poder del nuevo reactor no podrá superar los 20 MWt.
  8. - En los próximos 15 años, en Irán no habrá reactores adicionales de agua pesada. 
  9. - Durante 15 años, Irán no realizará actividades relacionadas con el reprocesamiento de combustible gastado, ni planea hacerlo posteriormente. La única excepción consiste en las actividades de separación para la producción de radioisótopos médicos e industriales usando uranio enriquecido irradiado.
Medidas de transparencia y fomento de confianza

Irán permitirá a la OIEA supervisar la implementación de las medidas voluntarias, así como implementar medidas de transparencia, entre las que se incluyen las siguientes:

  1. - La presencia a largo plazo de la OIEA en Irán.
  2. - La supervisión por parte de la OIEA de concentrados de minerales de uranio producidos por todas las instalaciones durante 25 años.
  3. - Contención y vigilancia de los rotores y fuelles de las centrífugas y durante 20 años.
  4. - Uso de las tecnologías modernas aprobadas y certificadas por la OIEA, incluida la medición de enriquecimiento en línea y los sellos electrónicos.
  5. - Un mecanismo fiable para asegurar la resolución rápida de las preocupaciones relacionadas con el acceso de la OIEA para 15 años.

Además, Irán aplicará de forma provisional el Protocolo Adicional a su Acuerdo de salvaguardias amplias, procederá con su ratificación de acuerdo con el marco temporal establecido e implementará en su totalidad el Código 3.1 de los Arreglos subsidiarios del Acuerdo de salvaguardias. Asimismo, Irán implementará por completo la 'Hoja de ruta para la clarificación de los asuntos pendientes pasados y presentes', lo que ha sido acordado con la OIEA para el 15 de octubre.

Asimismo, el acuerdo establece que Irán no participará en actividades que puedan contribuir al desarrollo de un dispositivo nuclear explosivo, incluidas las actividades de la metalurgia del uranio y el plutonio.

Sanciones
  1. - La Unión Europea suprimirá todas sus sanciones económicas y financieras relativas al programa nuclear, de forma simultánea con la implementación, verificada por la OIEA, de las medidas acordadas por parte de Irán.
  2. - La resolución del Consejo de Seguridad de la ONU que respaldará el plan de acción igualmente pondrá fin a todas las provisiones de las resoluciones anteriores sobre el tema nuclear bajo la misma condición. No obstante, dichas provisiones podrán volver a imponerse "en caso de un incumplimiento significativo de los compromisos del plan de acciones por parte de Irán".
  3. - La UE levantará todas sus sanciones relacionadas con la no proliferación, ocho años después del Día de la adopción o cuando la OIEA llegue a la conclusión general de que todo el material nuclear en Irán está siendo utilizado para actividades pacíficas. 
  4. - Bajo la misma condición, EE.UU. suprimirá las sanciones sobre la adquisición de productos relacionados con la energía nuclear y servicios para las actividades nucleares abordadas en el plan de acción.
  5. - EE.UU. también suprimirá las sanciones relacionadas con la cuestión nuclear enumeradas en el acuerdo simultáneamente a la implementación, verificada por la OIEA, de las medidas acordadas por parte de Irán.
  6. - La UE no volverá a imponer las sanciones que han sido levantadas. Asimismo, no habrá nuevas sanciones relacionadas con la energía nuclear por parte del Consejo de Seguridad de la ONU o la UE. Igualmente, la Administración de EE.UU. no volverá a introducir las sanciones suprimidas bajo el plan de acción actual ni impondrá nuevas sanciones relacionadas con la energía nuclear. En caso contrario, Irán lo considerará como base para dejar de cumplir con sus compromisos total o parcialmente.
Además, en el acuerdo se establece la creación de una Comisión Conjunta para supervisar la implementación del plan de acción acordado, así como los detalles de su actividad. Asimismo, se establece un plan de implementación que precisa los procedimientos necesarios y las etapas para la aplicación del acuerdo.


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